Transparencia
En Prymera ponemos a tu disposición nuestra sección de Transparencia para que puedas tomar las mejores decisiones.
Consulta tus comprobantes electrónicos en nuestra plataforma. Recuerda que debes ingresar tu número de documento de identidad como contraseña para acceder a la factura.
Ingresa a la plataforma aquí: COMPROBANTES ELECTRÓNICOS
¿Quieres hacer un reclamo? Nosotros queremos escucharte.
Prymera te atiende, cumpliendo con los más altos estándares de calidad.
Te damos atención personalizada y estamos atentos a absolver tus dudas y consultas, porque primero eres tú.
Puedes llenar nuestro Libro de Reclamaciones. ¡Queremos escucharte!
Atendemos todos tus requerimientos
Si tienes alguna consulta o solicitud de información, estamos aquí para ayudarte.
Aquí puedes encontrar nuestro Formulario de Requerimientos, que es el punto de inicio para que podamos atenderte.
El Fondo de Seguro de Depósitos respalda únicamente las siguientes imposiciones:
- Los depósitos nominativos, bajo cualquier modalidad (Ahorros, CTS, Cuentas Corrientes y Depósitos a Plazo Fijo), de las personas naturales y las personas jurídicas privadas sin fines de lucro.
- Los intereses devengados por los depósitos referidos anteriormente, a partir de la fecha de constitución o de su última renovación.
- Los depósitos a la vista de las demás personas jurídicas.
En el caso de existir cuentas mancomunadas, su monto se distribuye a prorrata entre los titulares de la cuenta. Este importe se actualiza trimestralmente.
El monto máximo de cobertura que reconoce el Fondo de Seguro de Depósitos durante el periodo setiembre 2025 - noviembre 2025 es de S/118,300 (*)
(*) Actualización para el trimestre septiembre 2025 - noviembre 2025 en base a la Variación IPM diciembre 1998 – agosto 2025: 1.90756993
Ver aquí para verificar si su cuenta se encuentra en la lista de cuentas a transferir al Fondo de Seguro de Depósito.
Prymera le informa que de acuerdo con la Ley 30908, Ley que Garantiza el Derecho de Libre Elección del Servicio Notarial, usted tiene el derecho a la libre elección de la notaría para sus operaciones financieras.
Por ello, hacemos de su conocimiento la relación de notarios administrados por los Colegios Notariales en este ENLACE.
Sin perjuicio de ello, Prymera cuenta con convenios con las siguientes notarías, que agilizarán el proceso de formalización para nuestros clientes. Puedes consultarlas AQUÍ.
Nuestro código de atención
Nuestro objetivo es garantizar que las actividades de Prymera en la relación con los usuarios, se desarrollen en marco de los principios establecidos en la Gestión de Conducta de Mercado, a través de su Misión, Visión y Cultura Organizativa, los mismos que brindan los lineamientos que deberá seguir todo el personal que tiene relación con los usuarios a fin de brindar un servicio de calidad, transparente, seguro, informado y confiable, facilitando la comunicación y la fidelización de los usuarios.
VALORES DE CONDUCTA
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INICIATIVA: Generar soluciones a los problemas, anticipando la plena satisfacción de los usuarios.
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TRANSPARENCIA: Realizar actuaciones de buena fe, basados en principios de confianza y transparencia, generando seguridad en el usuario.
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CORDIALIDAD: Desarrollar un ambiente de cordialidad, trato amable con el usuario, equilibrio y armonía en cumplimiento del espíritu de este Código, abordando las consultas, reclamos y solicitudes que presenten los usuarios con buena disposición y resolviéndolas oportunamente.
-
CONFIDENCIALIDAD: Resguardar debidamente la información de los usuarios, con confidencialidad y privacidad, en cumplimiento de la legislación vigente.
Atención Preferencial
En Prymera brindamos atención preferencial para personas embarazadas, con discapacidades, con niños y adultos mayores. Si requieres este tipo de atención, acércate a la ventanilla destinada para tal efecto.
Si deseas enviarnos una sugerencia sobre este tema, puedes hacerlo a Contáctanos, de igual forma puedes llenar el formato de sugerencias y depositarlo en el respectivo buzón, el mismo que se encuentra disponible en todas nuestras oficinas.
Prymera en cumplimiento a la Ley N° 29733 "Ley de Protección de Datos Personales, y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 016-2024- JUS, en adelante La Ley, hace de su conocimiento que:
Respetamos los principios de la Ley de protección de datos personales:
- Principio de legalidad.
- Principio de consentimiento.
- Principio de finalidad.
- Principio de proporcionalidad.
- Principio de calidad.
- Principio de seguridad.
Respetamos los Derecho de los Titulares de Datos Personales contenidos en La Ley, por ello ponemos a su disposición definiciones conceptuales y el procedimiento establecido para facilitar el ejercicio de sus derechos.
¿QUÉ ES UN DATO PERSONAL?
Es aquella información numérica, alfabética, gráfica, fotográfica, acústica, sobre hábitos personales, o de cualquier otro tipo concerniente a las personas naturales que las identifica o las hace identificables a través de medios que puedan ser razonablemente utilizados.
¿QUÉ SIGNIFICA EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES?
Cualquier operación o procedimiento técnico, automatizado o no, que permite la recopilación, registro, organización, almacenamiento, conservación, elaboración, modificación, extracción, consulta, utilización, bloqueo, supresión, comunicación por transferencia o por difusión o cualquier otra forma de procesamiento que facilite el acceso, correlación o interconexión de los datos personales.
¿CÓMO SE EFECTUA EL USO DE LOS DATOS PERSONALES?
El titular de datos (persona natural cuyos datos personales sean objeto de tratamiento), tiene el derecho de saber para qué proporciona sus datos personales. Por ello, los que pretendan hacer uso necesitan siempre el consentimiento, el cual, deberá ser: VOLUNTARIO, EXPRESO E INFORMADO.
¿CUÁLES SON LOS PRINCIPALES DERECHOS DEL TITULAR DE DATOS PERSONALES?
Los derechos del titular de datos personales son: El titular de datos personales tiene derecho a ser informado previamente sobre la finalidad para la que sus datos personales serán tratados, la existencia del banco de datos en que se almacenarán, así como la identidad y domicilio de su titular y, de ser el caso, del encargado de la gestión y/o tratamiento de sus datos personales. Para garantizar tu derecho ahora se cuenta con una “Autoridad General de Protección de Datos Personales” que está a cargo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
¿CUÁLES SON MIS DERECHOS ARCO?
- Acceso: Puedes solicitar la información sobre qué datos , cómo los obtuvieron, para qué los usan y con quién los han compartido.
- Rectificación: Si tus datos son incorrectos, inexactos o incompletos, tienes derecho a corregirlos o actualizarlos.
- Cancelación: Puedes pedir que eliminen tus datos cuando ya no sean necesarios para la finalidad con la que fueron recopilados o si revocas tu consentimiento.
- Oposición: Si el uso de tus datos te genera un perjuicio, puedes solicitar que dejen de utilizarlos, especialmente en plataformas digitales.
Para ejercer tus derechos ARCO, puedes acceder a este link. Completa tus datos y envíalo a arco@prymera.com.pe
¿CÓMO EJERCE SU DERECHO EL TITULAR DE DATOS PERSONALES?
Para poder ejercer cualquiera de sus derechos, es indispensable que el solicitante sea el titular de los datos, en caso tenga un representante legal, este deberá estar acreditado como tal, por lo cual deberá presentar el poder que confirme la autorización para actuar en representación del titular para ejercer cualquiera de estos derechos.
La solicitud deberá ser presentada por el titular presentando su Documento Oficial de Identidad (DNI, CE) o representante legal debidamente documentado, de ser el caso. El solicitante puede solicitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición al uso de sus datos personales en nuestras Agencias.
Para mayor información ingresar al Sitio del MINJUS sobre Protección de Datos Personales
Beneficios, Riesgos y Condiciones de los Productos
Límites de operaciones del medio de pago.
En ventanilla de las agencias de Prymera:
a) Monto mínimo: No existen montos mínimos para retiros y depósitos.
b) Monto máximo: No existen montos máximos para retiros y depósitos.
Procedimiento aplicable en caso de fallecimiento del titular de una cuenta de ahorros, depósito a plazo o CTS
En el caso que el titular de la cuenta haya fallecido, los herederos de éste, deberán presentar en cualquiera de nuestras Agencias, una carta con firmas legalizadas solicitando la cancelación de la cuenta e indicando la forma en que desean se disponga del dinero (abono en cuenta, efectivo, nombre de la persona encargada del recojo del dinero u otros), adjuntando la Declaratoria de Herederos o de Sucesión Intestada inscrita en registros públicos y la copia de sus documentos de identidad.
Estas solicitudes serán canalizadas a través de nuestras Agencias, siendo los Jefes de Servicio responsables de coordinar con las áreas de Operaciones y Legal a fin de brindar atención en un plazo máximo no mayor de 24 horas.
Procedimiento para la resolución del contrato
Resolución contractual unilateral
El cierre unilateral de la cuenta constituirá el ejercicio de un derecho que ambas partes se otorgan recíprocamente según el contrato de servicios bancarios firmado al momento de realizar la operación.
Resolución contractual a requerimiento del usuario
Todos nuestros clientes cuentan con la facultad de terminar el contrato de crédito con nosotros presentando lo siguiente:
Persona Jurídica
- El representante legal (*) debidamente acreditado deberá apersonarse al recibidor/ pagador quién solicitará su documento oficial de identidad.
- Copia de DOI vigente de los representantes Legales.
- Formato “Sírvase Efectuar”(proporcionado en Agencias), debidamente llenado y firmado o carta instrucción debidamente firmada por los representantes autorizados.
(*) En caso sea un representante no acreditado previamente, deberá adjuntar además el original de la vigencia de poder actualizada, donde consten sus facultades para realizar la operación solicitada.
Persona Natural
- Apersonarse al Recibidor/pagador
- Formato “Sírvase efectuar” solicitando la cancelación.
- Copia del DOI vigente.
CTS por traslado a otra entidad financiera
- Copia de carta del trabajador dirigida al Empleador, solicitando el traslado del saldo de su cuenta CTS a otra Entidad Financiera.
- Copia del DOI vigente.
Para más información ingresa aquí
CTS por cancelación
- Formato “Sírvase efectuar” solicitando la cancelación.
- Carta de Cese del Trabajador, en original y copia.
- Copia del DOI vigente.
Solicitud realizada por tercero (apoderado)
Si el trámite es realizado por un tercero en tu representación, deberá acercarse al recibidor/pagador adjuntando:
- Formato “Sírvase efectuar” solicitando la cancelación, firmado por el titular
- Copia del DOI vigente del titular y el tercero (apoderado)
- Carta poder con firmas legalizadas o vigencia de poder actualizada (de tratarse poder inscrito en RRPP), donde conste expresamente el poder otorgado para la realización de la operación solicitada. En el caso de cuentas de ahorros o a plazo que se hayan otorgado en garantía mobiliaria, EL CLIENTE deberá, cancelar en forma previa toda obligación que mantenga pendiente con nosotros.
Forma para determinar la conversión de la moneda
Los pagos deberán efectuarse en efectivo, en la misma moneda en que fue desembolsado el crédito, salvo que el cliente efectúe el pago en moneda distinta al otorgado en el crédito, para cuyo caso podremos efectuar el cambio de moneda al tipo de cambio vigente y publicado al interior de nuestras agencias y/u oficinas, en la fecha en que se ejecuta el pago.
PRODUCTOS ACTIVOS
Límites de operaciones de pago
En ventanilla de las agencias de Prymera:
a) Monto mínimo: No existen montos mínimos para efectuar pagos.
b) Monto máximo: No existen montos máximos para retiros ni depósitos. En ventanilla de las Agencias del Banco
En la Banca por Internet Prymera Digital:
a) Monto mínimo: No existen montos mínimos para efectuar pagos.
b) Monto máximo: Para brindarte una mayor protección, en tus transacciones Prymera Digital cuenta con un límite transaccional de USD 10,000.00 y/o su equivalente en moneda nacional. Para transacciones mayores a USD 10,000.00 y/o su equivalente en moneda nacional deberá acercarse a una agencia más cercana.
BCP:
- Monto mínimo: S/. 50.00 o $20.00
- Monto máximo: No hay límite, considerar que Prymera envía 03 cuotas proyectadas como máximo.
En Agentes BCP (Pagos en efectivo):
- Monto mínimo: S/. 50.00 o $20.00
- Monto máximo: Hasta S/. 1,000.00 o su equivalente en dólares al tipo de cambio que figure en el agente.
En Página WEB de BCP:
- Monto mínimo: S/. 50.00 o $20.00
- Monto máximo: Hasta S/. 10,000.00 o su equivalente en dólares al tipo de cambio que figure en la página Web.
En ventanilla de las Agencias del Banco BBVA/Continental:
- Monto mínimo: S/ 1.00 o $1.00
- Monto máximo: No hay límite, considerar que Prymera envía 03 cuotas proyectadas como máximo.
En Agentes Express Banco BBVA/Continental:
- Monto mínimo: S/ 1.00
- Monto máximo: Hasta S/ 1,900.00. Sólo se reciben pagos en soles
En Agentes Express Banco BBVA/Continental Kasnet:
- Monto mínimo: S/ 1.00
- Monto máximo: Hasta S/. 1,000.00. Sólo se reciben pagos en soles.
Medidas que el usuario deberá adoptar para preservar la seguridad del medio de pago.
Nuestras ventanillas se encuentran debidamente señalizadas con recomendaciones para la verificación del dinero, recordándote que debes revisar y contar tu dinero antes de entregarlo y antes de retirarte de la ventanilla. Asimismo, debes conservar, como sustento de cumplimiento, el voucher que se emita luego de efectuado cualquier pago.
Procedimiento aplicable en caso de fallecimiento del titular del crédito
Todos nuestros créditos se encuentran cubiertos por la Aseguradora PROTECTA SEGUROS, salvo que el cliente decida contratar con otra empresa aseguradora.
El Asegurado o el Beneficiario deben dar aviso del siniestro a Protecta Security, dentro de los siete (7) días siguientes a la fecha en que se tenga conocimiento de la ocurrencia del siniestro o del beneficio.
Posteriormente al aviso del siniestro el Asegurado o el Beneficiario presentará la solicitud de cobertura a la Compañía o Comercializador, según corresponda, adjuntando a la misma la documentación e información señalada a continuación, en original o copia con certificación de reproducción notarial (antes copia legalizada):
PARA SEGUROS DESGRAVAMEN
Muerte Natural:
En caso de siniestros ocurridos bajo la cobertura de Muerte Natural, deberá incluirse a la solicitud de cobertura la siguiente documentación:
Copia simple del Acta y/o Certificado de defunción del Asegurado.
En caso de contar con Beneficiarios Adicionales (modalidad de Suma Asegurada Fija): Copia simple del Documento de Identidad o Partida de Nacimiento de los Beneficiarios Adicionales.
Información formal del Monto Inicial o Saldo Insoluto del Crédito por parte de la entidad financiera, incluyendo el mes de ocurrencia del siniestro, mediante la presentación de la Copia simple del Estado de Cuenta emitido por la entidad que otorgó el crédito.
Muerte Accidental:
En caso de siniestros ocurridos bajo la cobertura de Muerte Accidental, deberá incluirse a la solicitud de cobertura la siguiente documentación adicional a la documentación solicitada por Muerte Natural:
Copia simple del Atestado Policial, si lo hubiere.
Copia simple del Protocolo de Necropsia, emitido por el Instituto de Medicina Legal, si lo hubiere.
Copia simple del Resultado de Dosaje Etílico del Asegurado, emitido por la Policía Nacional del Perú o el Instituto de Medicina Legal, si lo hubiere.
Copia simple del Resultado del examen toxicológico del Asegurado, emitido por la Policía Nacional del Perú o el Instituto de Medicina Legal si lo hubiere.
Invalidez Total y Permanente por Accidente o Enfermedad:
En caso de siniestros ocurridos bajo la cobertura de Invalidez Total y Permanente por Accidente o Enfermedad, deberá incluirse a la solicitud de cobertura la siguiente documentación:
Copia simple del Documento de Identidad del Asegurado.
Copia simple del Informe médico indicando el diagnóstico y pronóstico que determinen la causa y las circunstancias del siniestro.
Copia simple del Atestado Policial, si lo hubiere.
Copia simple del Resultado de dosaje etílico del Asegurado, emitido por la Policía Nacional del Perú o el Instituto de Medicina Legal, si lo hubiere.
Copia simple del Resultado de dosaje toxicológico del Asegurado, emitido por la Policía Nacional del Perú o el Instituto de Medicina Legal, si lo hubiere.
Información formal del Monto Inicial o Saldo Insoluto del Crédito, incluyendo el mes de ocurrencia del siniestro, mediante la presentación de la Copia Simple del Estado de Cuenta emitido por la entidad que otorgó el crédito.
Información sobre la fecha y lugar de la ocurrencia, mediante carta simple.
PARA SEGUROS DESGRAVAMEN CON DEVOLUCIÓN:
Muerte Natural:
En caso de siniestros ocurridos bajo la cobertura de Muerte Natural, deberá presentarse la siguiente información a PROTECTA SECURITY y/o el Comercializador, en caso corresponda, en original o copia certificada o copia con certificación de reproducción notarial (antes copia legalizada):
Acta de defunción del Asegurado emitido por el RENIEC.
Certificado de defunción del Asegurado emitido por el médico tratante o establecimiento de salud.
Historia Clínica del Asegurado emitido por el médico tratante establecimiento de salud.
En caso de contar con Beneficiarios Adicionales (modalidad de Suma Asegurada Fija): Copia Certificada del Documento de Identidad o Partida de Nacimiento de los Beneficiarios Adicionales emitido por RENIEC.
Información formal del Monto Inicial o Saldo Insoluto del Crédito por parte de la entidad financiera, incluyendo el mes de ocurrencia del siniestro, emitida por la entidad que otorgó el préstamo.
Muerte Accidental:
En caso de siniestros ocurridos bajo la cobertura de Muerte Accidental, deberá presentarse la siguiente información en original o copia certificada o copia con certificación de reproducción notarial (antes copia legalizada):
Acta de defunción del Asegurado emitido por el RENIEC.
Certificado de defunción del Asegurado emitido por el médico tratante o establecimiento de salud.
Copia Certificada del Documento de Identidad o Partida de Nacimiento de los Beneficiarios, emitido por RENIEC.
Atestado o Parte Policial, emitido por la Policía Nacional del Perú, si lo hubiere.
Protocolo de Necropsia del Asegurado, emitido por el Instituto de Medicina Legal, si lo hubiere.
Resultado del dosaje etílico y toxicológico del Asegurado, emitido por el Instituto de Medicina Legal o la Policía Nacional del Perú, si lo hubiere.
Información formal del Monto Inicial o Saldo Insoluto del Crédito por parte de la entidad financiera, incluyendo el mes de ocurrencia del siniestro, emitida por la entidad que otorgó el préstamo.
Invalidez Total y Permanente por Accidente o Enfermedad:
En caso de siniestros ocurridos bajo la cobertura de Invalidez Total y Permanente por Accidente o Enfermedad, deberá presentarse la siguiente información en original o copia certificada o copia con certificación de reproducción notarial (antes copia legalizada):
Documento de Identidad del Asegurado.
Informe médico indicando el diagnóstico y pronóstico que determinen la causa y las circunstancias del siniestro, emitido por el Médico Tratante que atendió al asegurado al momento del siniestro o por el Establecimiento de Salud donde se atendió al asegurado al momento del siniestro.
Atestado Policial, emitido por la Policía Nacional del Perú, si lo hubiere.
Resultado de dosaje etílico del Asegurado, emitido por el Instituto de Medicina Legal o la Policía Nacional del Perú, si lo hubiere.
Resultado de dosaje toxicológico del Asegurado, emitido por el Instituto de Medicina Legal o la Policía Nacional del Perú, si lo hubiere.
Información formal del Saldo Insoluto del Crédito por parte de la entidad financiera, incluyendo el mes de ocurrencia del siniestro, emitida por la entidad que otorgó el préstamo.
Sobrevivencia:
En caso de Sobrevivencia, deberá presentarse la siguiente información en original o copia certificada o copia con certificación de reproducción notarial (antes copia legalizada):
Documento de Identidad del Asegurado.
Carta Simple solicitando la suma asegurada por Sobrevivencia indicado en las Condiciones Particulares.
Luego de que se acredite la presentación de los documentos, PROTECTA SECURITY, en un plazo máximo de treinta (30) días, procederá a evaluarlos con el fin de determinar si aprueba o rechaza el siniestro.
Si PROTECTA SECURITY requiere aclaraciones o precisiones adicionales respecto de la documentación e información presentada, deberá solicitarlas dentro de los primeros veinte (20) días del plazo otorgado para la evaluación del siniestro; lo que suspenderá dicho plazo hasta que se presente la documentación e información.
Queremos ayudarte con tus dudas más frecuentes sobre Prymera o cualquiera de nuestros productos. Revisa aquí nuestra sección de Preguntas Frecuentes.
Te ayudamos a encontrar información importante y te llevamos directamente a la web de la Superintendencia de Banca y AFP: http://www.sbs.gob.pe/usuarios
Participa en la encuesta para el fortalecimiento de la Política Nacional de Protección y Defensa del Consumidor al año 2030 dando clic aquí
Estimado cliente, en cumplimiento a la Ley N° 31143, Ley que Protege de la Usura a los Consumidores de los Servicios Financieros hacemos de su conocimiento que Prymera le entregará una constancia de no adeudo al momento de cancelar su crédito.
Detallamos la modalidad de solicitud a su disposición:
- Presencial: a través de nuestro personal de red de agencias.
- Virtual: a través de nuestra banca telefónica al 243-4800.
- Otro: a través de su asesor de negocios.
Conducta de Mercado – Marzo 2022
Atendemos tus consultas y denuncias
Si deseas realizar alguna denuncia relacionada a la “idoneidad moral” de los accionistas, directores, gerentes, principales funcionarios o beneficiarios finales; ponemos el siguiente correo a tu disposición consultasydenuncias@prymera.pe para que podamos atenderte.